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El derecho romano (scriptum ius), de acuerdo con Gayo (Instituciones, 1, 2: 3), lo constituyen la disposiciones contenidas en las leyes, los plebiscitos, los senadoconsultos, las constituciones de los emperadores, los edictos de los magistrados y las respuestas de los jurisconsultos. Aunque la fuente principal para su conocimiento son los textos transmitidos en forma de recopilaciones jurídicas manuscritas, hay otras fuentes que no pueden obviarse: las referencias más o menos literales a textos jurídicos y legales contenidas en textos literarios diversos, además de numerosos testimonios que han llegado a nosotros por haber sido grabados sobre soportes duros y resistentes. De su estudio crítico, epigráfico y filológico se ocupa la epigrafía jurídica, procurando como objetivo último de su labor su valoración como fuente de información del aparato de administración y gestión política de Roma.

Y es que a partir de las importantes recopilaciones específicas y del sensacional ritmo de los hallazgos en los últimos años, se ha ido configurando una disciplina activísima —tal vez la más dinámica especialización de la epigrafía latina junto con la epigrafía anfórica— que se ha esforzado en estudiar los textos epigráficos, efectivamente, como fuente de Derecho, pero sin descuidar los aspectos materiales, paleográficos y, en definitiva, netamente epigráficos que resultan específicos de este tipo singular de documentación jurídica, estableciendo la metodología de trabajo propia de la especialidad que se ocupa de su estudio.

El extraordinario repertorio documental que constituye hoy la epigrafía jurídica permite constatar, al menos, tres realidades. En primer lugar, que el bronce constituye el soporte material por excelencia —si bien no el único— de este tipo de documentos; en segundo lugar, que estos, además, siguieron —como las demás inscripciones romanas— unos complejos procesos de diseño, fabricación y difusión; y por último, que dichos textos se articulan, además, en una tipología que se puede sintetizar del siguiente modo: 1.- textos normativos promulgados por el pueblo (leyes y plebiscitos); 2.- textos normativos promulgados por el Senado (senadoconsultos); 3.- textos normativos promulgados por los magistrados (edictos); 4.- textos normativos promulgados por el Emperador (constituciones); 5.- y otros.

En esta exposición se trazará un panorama general de esos testimonios, presentando ejemplos de las distintas tipologías de textos jurídicos epigráficos.

 

Presenta: María Isabel Velázquez Soriano
Catedrática de Filología Latina
Directora del Departamento de Filología Clásica
Universidad Complutense de Madrid